Unidad de Estadística Institucional

Artículo 75. Son atribuciones de la Unidad de Estadística Institucional, los siguientes:

  1. Desarrollar y mantener actualizado el Sistema de Información Estadística de la Universidad, en apoyo con la Red Universitaria;
  2. Coordinar el proceso de recopilación, procesamiento y análisis de la información estadística institucional de la Universidad;
  3. Implementar estándares y mecanismos que propicien el acceso a estadísticas confiables y oportunas para la toma de decisiones;
  4. Favorecer la accesibilidad de la información estadística a través de la publicación de informes y reportes en medios digitales para su consulta;
  5. Generar información estadística para el informe anual de actividades y los procesos de planeación, seguimiento y evaluación de la Universidad;
  6. Coordinar la integración de la información y reportes estadísticos institucionales para dar respuesta a requerimientos internos y externos, de entidades públicas y privadas, nacionales e internacionales, así como para participar en comparativos nacionales e internacionales, y
  7. Las demás que se establezcan en la normatividad vigente y aquellas que por la naturaleza de sus atribuciones le correspondan.

 

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