Coordinación de Desarrollo Institucional

Artículo 66. Son atribuciones de la Coordinación de Desarrollo Institucional, las siguientes:

  1. Apoyar a las entidades de la Red Universitaria en los procesos de elaboración y seguimiento de sus respectivos Planes de Desarrollo;
  2. Proponer estrategias, estudios y proyectos específicos para la planeación estratégica y los programas institucionales;
  3. Proponer los mecanismos de diálogo y concentración que garanticen la inclusión de las necesidades sociales en los programas de desarrollo institucional;
  4. Proponer políticas y lineamientos institucionales para el logro de las metas establecidas en el Plan de Desarrollo Institucional;
  5. Coadyuvar en la formación, desarrollo e implementación de programas institucionales para el fortalecimiento de la Red Universitaria;
  6. Analizar las metodologías de evaluación de diferentes comparativas nacionales e internacionales y proponer estrategias para una participación efectiva;
  7. Coadyuvar en el diseño y operación del sistema de información que sirva de apoyo para la planeación, evaluación y toma de decisiones, y
  8. Las demás que se establezcan en la normatividad vigente y aquellas que por la naturaleza de sus atribuciones le correspondan.

Artículo 67. La Coordinación de Desarrollo Institucional contará con las siguientes instancias:

  1. Unidad de Planeación, y
  2. Unidad de Estrategias Institucionales.

Artículo 68. Son atribuciones de la Unidad de Planeación, las siguientes:

  1. Coadyuvar en la elaboración del Plan de Desarrollo Institucional, así como de los Planes de Desarrollo de las entidades de la Red Universitaria;
  2. Realizar estudios de prospectiva y proponer estrategias, en conjunto con las entidades responsables, que favorezcan el desarrollo institucional;
  3. Promover esquemas de planeación, en un contexto de gobernanza, que favorezca la participación de autoridades, órganos colegiados y otros actores universitarios;
  4. Formular, diseñar, proponer y difundir las políticas generales para la planeación estratégica alineadas con el Plan de Desarrollo Institucional;
  5. Revisar los indicadores de los comparativos nacionales e internacionales en los que participa la Universidad de coordinar las estrategias para que en conjunto con las instancias responsables se formulen planes de mejora para evaluación en los rankings;
  6. Las demás que se establezcan en la normatividad vigente y aquellas que por la naturaleza de sus atribuciones le correspondan.

Artículo 69. Son atribuciones de la Unidad de Estrategias Institucionales, las siguientes:

  1. Coadyuvar en las acciones de diseño, desarrollo e instrumentación de planes y proyectos de la Red Universitaria para cumplir con los indicadores del Plan de Desarrollo Institucional;
  2. Formular propuestas de programas institucionales para la Red Universitaria orientados a la mejora de los indicadores estratégicos;
  3. Desarrollar estrategias que permitan asegurar la pertinencia y calidad en las políticas, programas y proyectos de la Universidad;
  4. Coadyuvar en el diseño de los programas institucionales en conjunto con las entidades responsables en la Red Universitaria;
  5. Participar en la elaboración del diseño de un sistema institucional de planeación, programación y evaluación, y
  6. Las demás que se establezcan en la normatividad vigente y aquellas que por la naturaleza de sus atribuciones le correspondan.

 

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